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GAS x REDES & GLP
La novedad surge de la Addenda recientemente firmada.
Raro: ¿fraccionadores
con poder de policía?
Si un comercio
(ferretería o almacén)
fija un precio superior
a lo que indica el
Gobierno, el
sancionado será el
fraccionador.
ACTUALIDAD GLP
Hacer responsables a terceros.
S
egún lo que sale a luz de la firma final
de la Addenda que prorroga hasta
diciembre de 2012, que da estabilidad al
precio de la garrafa en $16, conocido como
Programa Garrafa para Todos, en el artícu-
lo nueve se le cede la facultad de policía a
los fraccionadores para que el precio no se
escape en los lugares donde se comerciali-
zan garrafas de 10 kilos de butano.
El artículo que aparece en la Resolución
77/2012, emitida por la secretaría de
Energía de la Nación y que reglamenta
el “Regimen regulatorio de la industria y
comercial ización de gas l icuado de
petróleo”, es el siguiente:
”Para el caso de que en el marco de las
inspecciones previstas en el Anexo —
Reglamento del PROGRAMA NACIO-
NAL DE CONSUMO RESIDENCIAL DE
GAS LICUADO DE PETROLEO (GLP)
ENVASADO— de la Resolución N º
1083 de fecha 1º de octubre de 2008
de la SECRETARIA DE ENERGIA , se
constatara en cualquier comercio que
venda Gas Licuado de Petróleo envasa-
do, la venta de envases de DIEZ (10),
DOCE (12) y/o QUINCE (15) kilogramos
de capacidad a precios que superen los
establecidos en el Anexo IV de la pre-
sente resolución, se procederá a san-
cionar a la Empresa Fraccionadora ,
titular de la marca que identifique al/los
envase/s en cuestión, hallados en el
comercio inspeccionado, con las san-
ciones establecidas en el punto 17.1 —
TIPIFICACION DE INFRACCIONES
FRENTE A INCUMPLIMIENTOS DE
PRECIOS A CONSUMIDOR FINAL—,
del apartado 17 —APLICACION DE
SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO—
del acápite —V - SANCIONES— del
Anexo de la Resolución N º 1083 de
fecha 1º de octubre de la SECRETARIA
DE ENERGIA”.
Al cierre de esta edición, los fracciona-
dores no sabían bien como proceder
frente al alcance de este artículo.