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Para percibir esa asistencia, las distribui-
doras deberán cumplir con las obligacio-
nes que determine el Enargas, y destinar
parte de los fondos a cancelar las deu-
das contraídas y vencidas hasta el día
31 de diciembre de 2014 con las empre-
sas productoras de gas natural, de
acuerdo con las pautas fijadas por el
Ente.
Pese al aumento autorizado en las factu-
ras de gas, a partir de abril del año pasa-
do las distribuidoras acumulan una deu-
da con los productores de gas, figuran-
do entre los más afectados YPF, Pan
American Energy (PAE), Total y Winters-
hall.
En el caso de las distribuidoras, éstas
deberán destinar parte de esos fondos
al pago del costo del gas natural cuyo
vencimiento se produzca durante el
2015, y no podrán acumular más deuda
por compras de gas natural realizadas a
partir de la fecha de entrada en vigencia
de la presente Resolución.
Además, se establece que no podrán
distribuir dividendos y caso de que algu-
na los hubiera distribuido durante el ejer-
cicio correspondiente al año 2014 y/o en
lo que ha transcurrido del ejercicio
correspondiente al año 2015, no será
beneficiaria de la asistencia económica.
La resolución 263/15 que se publica en
el Boletín Oficial precisa una serie de
restricciones para la utilización de esos
fondos que el Enargas será el encargado
de monitorear, y al que las empresas
presentarán mensualmente la documen-
tación respaldatoria.
Las distribuidoras no encontraron rentabilidad en
estos doce años.
JUNIO 2015
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