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NUEVAS OBRAS EN REDES
Mujica & Asociados
La idea es equlibrar entre los mayores costos y las tarifas congeladas.
E
l gobernador Miguel Saiz presentó en
la Legislatura un proyecto de ley que
crea el fondo especial para obras de gas y
provisión de gas propano vaporizado por
redes en la provincia y modificar la Ley J
2059, de conformación del sistema de
aportes para ese plan.
El propósito es contribuir al financiamiento
de inversiones que permitan la utilización
de gas natural como combustible básico
de la población y de la industria y subsi-
diar los desequilibrios financieros en la
provisión de propano vaporizado por
redes para usuarios del servicio de la
Línea Sur.
La iniciativa del Ejecutivo, con acuerdo
general de ministros, busca establecer
que las municipalidades de la provincia
actúen como intermediarias de los aportes
destinados a la ejecución de obras de gas,
aplicando los préstamos o subsidios que
se otorgarán a través del fondo.
También se pretende estipular que el fon-
do sea utilizado hasta un 70 por ciento
para garantizar la normal prestación del
servicio de provisión de gas propano
vaporizado por redes de los usuarios de la
Línea Sur , que podrá ser destinado en
forma directa al prestador del servicio y,
como mínimo, un 30 por ciento para finan-
ciar o subsidiar obras de gas.
Saiz explicó que esos servicios se habilita-
ron con la aprobación de Gas del Estado,
la Distribuidora de Gas del Sur S.A. (actual
Camuzzi) y el ENARGAS, los que fueron
operados entre 1993 y 2004 por coopera-
tivas locales, sin el reconocimiento oficial
por parte del ENARGAS y, por lo tanto, sin
tarifas homologadas por el ente regulador
y habiendo renunciado Camuzzi a la aten-
ción de estos servicios en 1997.
Refirió además que en el año 2004, al
hacerse cargo de los servicios la Coopera-
tiva Coopetel de El Bolsón por acuerdo
con el Gobierno provincial, ENARGAS
homologó nuevos cuadros tarifarios para
Río Negro:
ley para
favorecer al
propano
cada localidad, lo que permitió que “los
usuarios comenzaran a gozar en forma
plena del subsidio que otorga el Estado
Nacional en virtud del artículo 75º de la
Ley Nacional N° 25.565 y su decreto
reglamentario N° 786/ 02).
El MOM debe atender los gastos operati-
vos del distribuidor (un subdistribuidor en
el caso de Río Negro) y otorgarle un
pequeño margen de utilidad en virtud de lo
establecido en la Ley Nacional Nº 24.076,
del marco regulatorio de la actividad del
gas natural (1.992).
“En el caso que nos ocupa, las tarifas no
contemplan la atención de inversiones en
redes o en las plantas de almacenaje y
vaporizado. Ya en el año 2004 Coopetel
señaló al ENARGAS, la inconveniencia de
haber fijado estas tarifas con datos opera-
tivos de servicios similares de otras pro-
vincias, cuando el Poder Ejecutivo Nacio-
nal había congelado las tarifas de todo el
país”, puntualizó el gobernador.
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GAS x REDES & GLP
Para apoyar al gas
vaporizado que se inyecta
en las redes domiciliarias.
El gobernador Saiz quiere enmendar a los SBDs ante el
congelamiento tarifario.
El propano-aire es el combustible mayoritario que se
utiliza en el sur en el gas por redes.