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Salieron como leyes provinciales.
Jujuy y Salta ya no
cobran ingresos brutos
Esta exención se acordó con todas las provincias
cuando se firmó el Acuerdo de estabilidad del precio
del GLP en septiembre de 2008.
J
ujuy y Salta son las dos nuevas provincias
se sumaron a la exención del pago de
ingresos brutos para las empresas que
comercializan garrafas de 10, 12 y 15 kilos.
Esta eximición fue un compromiso que asu-
mieron todas las provincias cuando se firmó el
Acuerdo de estabilidad del precio del Gas
Licuado de Petróleo (GLP) envasado engarra-
fas el 19 de Septiembre de 2008. Ahora las
que faltan son las provincias más grandes,
como Buenos Aires o Córdoba, por ejemplo.
De a poco se suman más provincias.
Mujica & Asociados
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GAS x REDES & GLP
ACTUALIDAD GLP
Jujuy
La Cámara de Diputados de la provincia de
Jujuy sancionó una ley de exención impositi-
va para la comercialización de garrafas de 10,
12 y 15 kilos. La norma se basó en la modifi-
cación de la ley 4.652, a través de la incorpo-
ración de un inciso del artículo 5 del anexo III,
relacionado con el impuesto sobre los Ingre-
sos Brutos aplicable a la comercialización de
gas envasado.
Lamedida se extenderá hasta que dure el con-
venio de estabilidad de precios subscripto
entre la Nación y las provincias. En Jujuy, la
Dirección de Desarrollo Comercial se encarga
de llevar adelante la entrega quincenal de
garrafas "solidarias" de 10 kilogramos en los
sectores más carenciados de toda la provincia.
Salta
La Legislatura de la provincia de Salta aprobó
la Ley 7.574 que exime del Impuesto a las
Actividades Económicas a los ingresos pro-
venientes de la actividad de distribución y
comercialización de gas licuado de petróleo
(GLP) envasado en garrafas de 10 Kg., 12
Kg. y 15 Kg., en tanto se mantenga la vigen-
cia del "Programa Nacional de Consumo
Residencial de Gas Licuado de Petróleo
Envasado" y el "Acuerdo de Estabilidad del
precio del gas licuado de petróleo (GLP)
envasado en garrafas de 10, 12 y 15 Kg. de
capacidad".